La CEDH no guardó silencio en delito de ultrajes a la autoridad

La presidenta de la CEDH, Namiko Matzumoto Benítez dijo que "fijamos el posicionamiento y establecimos de manera precisa las razones por las cuales no podíamos emitir una opinión"

Ariadna García | Diario de Xalapa

  · miércoles 26 de enero de 2022

Namiko Matzumoto Benítez, presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos | Foto: Eduardo Murillo | Diario de Xalapa

Xalapa, Ver.-La presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), Namiko Matzumoto Benítez, rechaza que haya “guardado silencio” respecto al delito de ultrajes a la autoridad.

Durante su comparecencia ante el Congreso Local ante el cuestionamiento de la diputada Ana Miriam Ferráez Centeno sobre que pareciera que existe la percepción de que la CEDH ha guardado silencio sobre ese delito dijo que, esto es subjetivo puesto que sí hubo un posicionamiento al respecto.

 

 

Se trata de una percepción, que es algo subjetivo, pero me voy a permitir proporcionarle datos objetivos que pueden abonar a desvirtuar esa percepción”, respondió.

Desde el 18 de marzo la CEDH, recuerda, emitió un posicionamiento cuando se discutía por sectores académicos y la sociedad civil organizada la constitucionalidad o no del delito de ultrajes a la autoridad, en el que se estableció que por una disposición taxativa de la ley que les rige, estaban impedidos como organismo a emitir una opinión respecto a la constitucionalidad de ese tipo penal.

“No hemos guardado silencio, fijamos el posicionamiento y establecimos de manera precisa las razones por las cuales no podíamos emitir una opinión (…) así como emitir opiniones en caso de que se pueda comprometer o vulnerar su autonomía moral, dice la ley, y eso se comprende muy fácilmente, porque eventualmente las personas que se asuman como víctimas por algún acto ocurrido durante la aplicación de este tipo penal, evidentemente van a acudir a esta comisión, y la comisión no puede a priori establecer un juicio porque se comprometería la imparcialidad de la comisión y la autonomía moral para emitir una recomendación”.

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Explica que cuando la CEDH advierte que una norma puede eventualmente tener vicios de inconstitucionalidad, pueden interponer una acción de inconstitucionalidad la cual se interpuso en tiempo y forma, aunque se está a la espera de la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

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