/ lunes 27 de diciembre de 2021

Contralora reconoce que ORFIS sí se excedió en la aplicación de observaciones

El exalcalde de Misantla aseguró que el órgano fiscalizador infló el daño patrimonial de los años 2019 y 2020

La Contralora General del Estado, Mercedes Aguilar Santoyo, coincidió con algunos alcaldes de oposición que afirmaron que el Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) se excedió al clasificar como daño patrimonial algunas observaciones de índole administrativo.

El exalcalde de Misantla, Othón Hernández Candanedo, aseguró que el órgano fiscalizador infló el daño patrimonial de los años 2019 y 2020 al establecer algunas observaciones administrativas como dinero que se manejó de manera irregular.

 

 

Al respecto, la Contralora indicó que las faltas cometidas por los entes fiscalizables se dividen en administrativas graves y no graves.

Explicó que las faltas no graves son las omisiones en las que incurren los funcionarios, pero no generan un daño económico y es responsabilidad de las contralorías internas determinar si hay sanción o no por eso que observa el ORFIS.

Mientras que las faltas graves se deben remitir al Tribunal de Justicia Administrativa para que se dirima si existe alguna irregularidad.


“Pero si hay un daño, además de atender la parte administrativa, tiene el ente (secretaría) hacer la denuncia por ese daño; si son estatales se hace en la Fiscalía, pero si son Federales se acude ante la Fiscalía General de la República”, expuso.

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Puntualizó que los criterios que se aplican en el Orfis se basan en su autonomía, “lo que sí creo, porque yo lo viví con la Contraloría General, es que, si nos hicieron muchas observaciones que no eran como tal observación, sino recomendaciones”.

La Contralora General del Estado, Mercedes Aguilar Santoyo, coincidió con algunos alcaldes de oposición que afirmaron que el Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) se excedió al clasificar como daño patrimonial algunas observaciones de índole administrativo.

El exalcalde de Misantla, Othón Hernández Candanedo, aseguró que el órgano fiscalizador infló el daño patrimonial de los años 2019 y 2020 al establecer algunas observaciones administrativas como dinero que se manejó de manera irregular.

 

 

Al respecto, la Contralora indicó que las faltas cometidas por los entes fiscalizables se dividen en administrativas graves y no graves.

Explicó que las faltas no graves son las omisiones en las que incurren los funcionarios, pero no generan un daño económico y es responsabilidad de las contralorías internas determinar si hay sanción o no por eso que observa el ORFIS.

Mientras que las faltas graves se deben remitir al Tribunal de Justicia Administrativa para que se dirima si existe alguna irregularidad.


“Pero si hay un daño, además de atender la parte administrativa, tiene el ente (secretaría) hacer la denuncia por ese daño; si son estatales se hace en la Fiscalía, pero si son Federales se acude ante la Fiscalía General de la República”, expuso.

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Puntualizó que los criterios que se aplican en el Orfis se basan en su autonomía, “lo que sí creo, porque yo lo viví con la Contraloría General, es que, si nos hicieron muchas observaciones que no eran como tal observación, sino recomendaciones”.

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