La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la controversia constitucional que interpuso el gobernador de Michoacán, Silvano Aureoles, contra la figura de los superdelegados que impulsa el gobierno de López Obrador, al acusar que dicha figura violenta la constitución y avasalla los gobiernos locales.
El asunto recayó en el ministro Luis María Aguilar Morales quien dio un plazo de 30 días para que el Poder Ejecutivo y las cámaras de Diputados y Senadores respondan a la demanda interpuesta por Aureoles.
En sus argumentos, Aureoles Conejo enfatizó que los superdelegados, violan la Constitución al invadir competencias de los poderes estatales, legal y democráticamente establecidos, quienes de acuerdo a la Ley Orgánica de la Administración Pública esta nueva figura en los estados se encargará de promover políticas sociales y tendrá información sobre los padrones, pero dependerá directamente de Andrés Manuel López Obrador.
Por ello, el gobernador de michoacano señaló que no se puede retornar a la época del centralismo, avasallando a los gobiernos locales con figuras intermedias; “apostemos al fortalecimiento de una República federada, construida por todas y todos a lo largo de la historia de esta gran nación".
La propuesta del Presidente de la República fue la de desaparecer a los delegados federales que cada una de las secretarías de Estado tenía en cada una de las entidades del país, para sustituirlos por un solo delegado del gobierno federal, en cada estado, con el propósito de ahorrar recurso.
Este día la SCJN admitió a trámite la controversia constitucional la cual quedó radicada en el expediente 30/2016., por lo que el recurso fue turnado al ministro Luis María Aguilar Morales, quien también tendrá a su cargo la elaboración del proyecto de resolución de las acciones de inconstitucionalidad que promovieron los senadores y diputados de oposición.
Con anterioridad la, la SCJN ya había dado entrada a las acciones de inconstitucionalidad presentadas por diputados y senadores de diversos partidos contra la creación de la figura que se conoce como los súperdelegados, los cuales tendrán a su cargo la coordinación e implementación de los planes y programas del gobierno federal en coordinación de los gobiernos locales.
Aunque el máximo tribunal del país dio entrada a los recursos promovidos por diputados y senadores, rechazó otorgar una suspensión “de los efectos y consecuencia del decreto” en específico el contenido de la fracción XXI del artículo 33, que tienen que ver con las atribuciones de la Secretaría de Energía para intervenir en la fijación de las tarifas eléctricas.
La Corte notificó al Congreso de la Unión, al poder Ejecutivo federal y a la Fiscalía General de la República para que envíen toda la documentación relacionada con las reformas realizadas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.