/ lunes 27 de julio de 2020

De despenalizar el aborto SCJN estaría a la vanguardia: Feministas

El juez de distrito identificó correctamente la existencia de una omisión legislativa por parte del Congreso del Estado

Asociaciones civiles feministas consideraron que el proyecto de sentencia que será discutido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el que se analiza la posible omisión legislativa del congreso del estado, al no haber modificado diversos artículos del Código Penal que violentan los derechos de las mujeres, resalta la importancia de eliminar la normatividad discriminatoria que se traduce en una violencia institucional contra las mujeres.

Con esta acción, dijeron, la SCJN demuestra estar a la vanguardia en la progresividad y garantía de los derechos humanos de las mujeres en México.

Algunos de los puntos fundamentales que se retoman en dicho proyecto son que, se determina que el juez de distrito identificó correctamente la existencia de una omisión legislativa por parte del Congreso del Estado debido a que éste no ha ejercido su potestad legislativa.

Resalta que los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal del estado de Veracruz son normas discriminatorias, y/o constitutivas de violencia contra las mujeres que debieron haber sido reformadas sin dilación en la entidad.

Asimismo, se afirma que el Poder Legislativo local está obligado a modificar dichos artículos, por no cumplir con lo establecido por la Cedaw y la convención Belém do Pará, obligaciones internacionales adquiridas por el Estado mexicano que el Congreso local debe cumplir en su ámbito de competencia.

También se destaca la importancia de la Declaratoria de Alerta por Violencia de Género como un mecanismo interno para hacer del conocimiento público los posibles incumplimientos del estado mexicano y sus entidades con los compromisos convencionales y constitucionales en materia de derechos humanos.

En este caso permitió evidenciar un grave problema de discriminación, violencia y falta de acceso a derechos humanos de las mujeres en Veracruz”, agregaron.

Señalaron que el aborto es un problema de salud pública que impacta la vida de niñas, adolescentes y mujeres. Además, que la carencia de políticas en salud sexual y reproductiva, y la falta de ajustes razonables para modificar el tipo penal que criminaliza a las mujeres por el ejercicio de los que es y debería ser un derecho, magnifica la afectación a las mujeres.

Foto: Diario de Xalapa

De acuerdo con cifras del Observatorio de Mortalidad Materna, en 2019 Veracruz ocupó el tercer lugar en mortalidad materna a nivel nacional. Ante un contexto de discriminación hacia las mujeres, una resolución favorable al proyecto que discutirá la Corte permitiría garantizar la salud reproductiva de las mujeres bajo los estándares más altos en materia de Derechos Humanos.

El documento es firmado por Academia, Litigio Estratégico e Incidencia de Derechos Humanos, AC; Católicas por el Derecho a Decidir, AC; Colectivo Akelarre; Colectivo Feminista Xalapa; Fundación Mexicana para la Planeación Familiar (MEXFAM); Justicia, Derechos Humanos y Género, AC y el Observatorio Nacional de Feminicidio.

Asociaciones civiles feministas consideraron que el proyecto de sentencia que será discutido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el que se analiza la posible omisión legislativa del congreso del estado, al no haber modificado diversos artículos del Código Penal que violentan los derechos de las mujeres, resalta la importancia de eliminar la normatividad discriminatoria que se traduce en una violencia institucional contra las mujeres.

Con esta acción, dijeron, la SCJN demuestra estar a la vanguardia en la progresividad y garantía de los derechos humanos de las mujeres en México.

Algunos de los puntos fundamentales que se retoman en dicho proyecto son que, se determina que el juez de distrito identificó correctamente la existencia de una omisión legislativa por parte del Congreso del Estado debido a que éste no ha ejercido su potestad legislativa.

Resalta que los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal del estado de Veracruz son normas discriminatorias, y/o constitutivas de violencia contra las mujeres que debieron haber sido reformadas sin dilación en la entidad.

Asimismo, se afirma que el Poder Legislativo local está obligado a modificar dichos artículos, por no cumplir con lo establecido por la Cedaw y la convención Belém do Pará, obligaciones internacionales adquiridas por el Estado mexicano que el Congreso local debe cumplir en su ámbito de competencia.

También se destaca la importancia de la Declaratoria de Alerta por Violencia de Género como un mecanismo interno para hacer del conocimiento público los posibles incumplimientos del estado mexicano y sus entidades con los compromisos convencionales y constitucionales en materia de derechos humanos.

En este caso permitió evidenciar un grave problema de discriminación, violencia y falta de acceso a derechos humanos de las mujeres en Veracruz”, agregaron.

Señalaron que el aborto es un problema de salud pública que impacta la vida de niñas, adolescentes y mujeres. Además, que la carencia de políticas en salud sexual y reproductiva, y la falta de ajustes razonables para modificar el tipo penal que criminaliza a las mujeres por el ejercicio de los que es y debería ser un derecho, magnifica la afectación a las mujeres.

Foto: Diario de Xalapa

De acuerdo con cifras del Observatorio de Mortalidad Materna, en 2019 Veracruz ocupó el tercer lugar en mortalidad materna a nivel nacional. Ante un contexto de discriminación hacia las mujeres, una resolución favorable al proyecto que discutirá la Corte permitiría garantizar la salud reproductiva de las mujeres bajo los estándares más altos en materia de Derechos Humanos.

El documento es firmado por Academia, Litigio Estratégico e Incidencia de Derechos Humanos, AC; Católicas por el Derecho a Decidir, AC; Colectivo Akelarre; Colectivo Feminista Xalapa; Fundación Mexicana para la Planeación Familiar (MEXFAM); Justicia, Derechos Humanos y Género, AC y el Observatorio Nacional de Feminicidio.

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